La cadena de frío se controla desde antes de cargar hasta la recepción. Una habilitación vigente identifica al vehículo dentro del régimen correspondiente, pero no demuestra por sí sola que la caja estaba limpia, que el equipo funcionó ni que el producto mantuvo la condición térmica exigida.

La gestión de flotas puede reunir esos controles en un expediente por viaje. El objetivo es saber qué producto salió, en qué unidad, bajo qué condición, qué registros se obtuvieron y cómo se trató cada desvío.

Alcance nacional y límites

El capítulo de transporte del régimen sanitario nacional para productos, subproductos y derivados de origen animal fue actualizado por la Resolución SENASA 711/2022. Sus controles alcanzan, entre otros supuestos, operaciones vinculadas con establecimientos bajo inspección nacional.

Este artículo se concentra en ese marco. Para operaciones sujetas al Código Alimentario Argentino, el artículo 154 bis agrega reglas de equipo, registros y responsabilidades. Cada producto puede tener requisitos propios de conservación, envase, segregación y recepción; identificá el régimen aplicable antes de definir la evidencia.

La guía sobre habilitación SENASA para transportar alimentos de origen animal explica el trámite del vehículo. La operación diaria necesita controles adicionales antes, durante y después del recorrido.

Definir la condición térmica del producto

Planificación debe partir del producto real y de su documentación. No conviene copiar un setpoint de otra carga ni usar una consigna única para refrigerados y congelados.

La orden puede identificar:

  • producto y presentación;
  • condición de conservación exigida;
  • origen normativo o especificación técnica utilizada;
  • unidad y categoría sanitaria;
  • equipo de frío asignado;
  • sensor o registrador previsto;
  • tolerancias y respuesta autorizada ante un desvío;
  • responsable de liberar la carga y responsable de recibirla.

Tomá el valor aplicable de la norma vigente del producto, su rotulado, la documentación sanitaria y la especificación técnica que corresponda. El expediente conserva esa fuente junto con la consigna usada.

Preparar caja y equipo de frío

El régimen exige condiciones constructivas y sanitarias aptas para el transporte. La caja debe permitir limpieza, ser impermeable y resultar adecuada para los productos transportados. El numeral 28.31.5 prevé categorías A o B para productos cárnicos y lácteos que requieren frío, y admite C para leche cruda y leche fluida a granel. La excepción no elimina las condiciones térmicas del producto.

Antes de presentarse a cargar, el equipo revisa limpieza, olores, residuos, integridad de superficies, cierres, drenajes y cualquier elemento que pueda contaminar el producto. La unidad debe llegar sin herramientas, repuestos u objetos de mantenimiento dentro de la caja.

La inspección preoperacional de vehículos cubre el estado general. Para cadena de frío se agregan el equipo térmico, la lectura exterior, los sensores, la alimentación y las alarmas disponibles.

El control de mantenimiento no se limita a una fecha. La guía de mantenimiento preventivo de flotas permite vincular cada equipo con su plan, órdenes de trabajo, fallas y liberación. La periodicidad de servicio o calibración debe provenir del fabricante, la especificación aplicable o el sistema de calidad; no existe un intervalo universal para toda flota.

La habilitación no obliga a aceptar la carga

La inspección del establecimiento puede impedir la carga cuando el vehículo no reúne las condiciones sanitarias, aunque tenga una habilitación vigente. Por eso, la verificación interna debe ocurrir antes de asignar un turno o recorrer kilómetros hasta la planta.

Si la caja está sucia, el equipo no funciona o la categoría no corresponde, operaciones bloquea la unidad. El registro identifica el defecto, la corrección y la persona que autorizó su regreso al servicio.

Una foto puede complementar el control, pero no reemplaza la lectura, la prueba del equipo ni la decisión del responsable.

Compatibilidad y acondicionamiento

La carga debe organizarse para evitar contaminación y cambios térmicos. El régimen prohíbe usar para comestibles vehículos destinados a incomestibles y viceversa. El numeral 28.31.3 separa en un mismo ambiente enfriados de congelados y productos desnudos de otros en envases secundarios. La mezcla de especies tiene condiciones de envasado y, para pesca y acuicultura en ese supuesto, congelación adicional. El numeral 28.31.1 exceptúa del impedimento de contacto directo con el piso a los productos con envase secundario; siguen aplicándose higiene y estiba.

La orden necesita indicar qué productos pueden compartir la unidad y cómo se separan. Si el cliente agrega mercadería o cambia la presentación, el responsable revisa compatibilidad, capacidad térmica y distribución antes de aceptar.

El acondicionamiento también debe permitir la circulación de aire prevista por el equipo. No corresponde definir una separación genérica sin conocer la unidad, el producto y las instrucciones técnicas.

Temperatura visible y registro continuo

El equipo frigorífico debe contar con lectura exterior de temperatura. Cuando el frío se completa en destino, el régimen exige además un registro continuo durante el trayecto. La flota debe determinar si ese supuesto alcanza a la operación y configurar la evidencia antes de salir.

Para el ámbito del CAA, el artículo 154 bis, apartado II, inciso e, y apartado III exige lectura de temperatura interior con registros en el tiempo para vehículos habilitados con equipo de frío y registros de temperatura y humedad durante el transporte según corresponda. No interpretes el supuesto específico de completar frío como la única obligación posible de registrar.

El archivo del viaje debería vincular:

  • lectura antes de cargar;
  • hora de inicio y cierre de la carga;
  • consigna aplicada y fuente;
  • archivo continuo, cuando corresponda;
  • aperturas de puertas y paradas relevantes;
  • alarmas, fallas y medidas tomadas;
  • lectura y aceptación en destino.

Una captura aislada del panel no sustituye un registro continuo cuando éste es exigible. Tampoco alcanza un gráfico sin identificación de unidad, sensor, fecha y viaje.

Planilla para carga, trayecto y recepción

MomentoRegistro mínimo de la operación
PreparaciónUnidad, equipo, sensor, comprobación y criterio del producto
CargaHora de inicio y fin, lectura, ubicación de medición y responsable
TrayectoArchivo original, paradas, aperturas, alarmas e instrucciones
EntregaHora, lectura, método, receptor y aceptación u observación

Distinguí consigna del equipo, temperatura del aire y medición del producto. Identificá cuál se registró, el método y el instrumento utilizado. Compará cada dato con el criterio que le corresponde; una consigna programada no es una medición de la mercadería.

Ejemplo ficticio: al recibir una carga aparece una diferencia entre la pantalla del equipo y la medición del receptor. El responsable conserva ambos datos, sus horarios, ubicación y método, y evalúa el registro del trayecto. No reemplaza uno por otro ni declara apta la carga por haber recuperado la consigna.

Si el registrador presenta un hueco, señalá el período sin datos y las evidencias disponibles. El responsable competente decide qué evaluación requiere la carga. Interpolar valores para producir una curva continua ocultaría el faltante.

Tratar desvíos sin borrar el dato

Cuando aparece una alarma o una lectura fuera del criterio aprobado, el conductor informa y operaciones conserva el dato original. El responsable evalúa duración, producto, condición de la carga y causa posible antes de decidir.

El procedimiento puede incluir revisión de puertas, equipo, alimentación, ubicación del sensor y tiempo de detención. La aceptación sanitaria o comercial del producto corresponde a quien tenga esa competencia. El sistema de flota no debería declarar apta una mercadería sólo porque la temperatura volvió a la consigna.

La corrección queda vinculada al evento, con hora, responsable e instrucción. Si se rechaza, retiene o deriva la carga, el expediente incorpora el documento emitido por el establecimiento o la autoridad.

Decisión en destino

En destino se comparan unidad, precintos cuando correspondan, carga, registro térmico y condición observada. Las diferencias se anotan antes de cerrar la entrega.

La entrega se cierra cuando el receptor documenta su decisión y las lecturas, alarmas y condiciones observadas pueden asociarse con esa carga. Si falta esa trazabilidad, una habilitación o una firma de recepción no demuestran por sí solas que la cadena de frío se mantuvo durante todo el viaje.